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Cambio21.cl / Durante un mes el abogado Raúl Meza Rodríguez no podrá litigar en el denominado caso Tsunami, ni ejercer su profesión, luego que... Abogado del caso Tsunami -ex militante  UDI- fue suspendido por Corte Suprema por faltas a la ética

Cambio21.cl / Durante un mes el abogado Raúl Meza Rodríguez no podrá litigar en el denominado caso Tsunami, ni ejercer su profesión, luego que la Corte Suprema lo condenara por graves faltas denunciadas por la Clínica Las Condes en el marco de una demanda de responsabilidad ética.

Durante un mes el abogado Raúl Meza Rodríguez no podrá litigar en el denominado caso Tsunami, ni ejercer su profesión, luego que la Corte Suprema lo condenara por graves faltas denunciadas por la Clínica Las Condes en el marco de una demanda de responsabilidad ética.

En información publicada por Emol se señala que pese a que Meza no pertenece al Colegio de Abogados, el máximo tribunal del país señaló que esto no lo exime de acatar las normas que existen en la ley que rige a estos profesionales, ya que «reflejan el deber ser esencial del cumplimiento de su vocación».

El fallo esgrime un precedente para el actuar de aquellos abogados que están en el registro colegiados, así como también los que no.

Meza tomó notoriedad en el caso Tsunami por haber pedido la prisión preventiva de los imputados -la que fue rechazada por desproporcional- y por insistir en que la ex presidenta Michelle Bachelet declare como imputada.

El litigio que involucra a este polémico querellante de la investigación que dirige la fiscal Solange Huerta, se inició en el 2003 cuando la clínica antes mencionada lo demandó luego de «descubrir» que el defensor estaba incitando a pacientes que habían tenido problemas a realizar demandas.

Incluso se menciona en el proceso judicial que Meza instó a una familia a realizar grabaciones con cámaras ocultas con un médico del recinto, imágenes que fueron ampliamente difundidas por la televisión.

Asimismo, se cuestiona que en ese caso el abogado intentó «por medio de esta publicidad crear una especial imagen en la opinión pública sobre los hechos que se ventilaban ante los tribunales de justicia, manifestando sus aprehensiones y sentimientos personales, al margen de su opinión profesional sobre los referidos hechos».

Esta «conducta profesional impropia», calificada por la Suprema como «actos desdorosos, abusivos y contrarios a las normas de ética vigentes» hizo que la justicia decidiera acoger la demanda de los afectados, en este caso la Clínica Las Condes.

Estos últimos, junto a la suspensión por un mes, pidieron que se establezca un monto por concepto de daño moral. A lo que también el máximo tribunal dio curso, pese a que no se trata de una persona natural la afectada.

«La actora fue menoscabada por el actuar impropio del demandado, acciones que deterioraron su prestigio, las cuales tienen aspectos patrimoniales y extrapatrimoniales, siendo estos últimos los que corresponde resarcir, cuyo monto debe discutirse», dice el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que fue confirmado por la Suprema.

Una vez que quede ejecutoriado este dictamen, que es inapelable, comienza a regir el plazo de 30 días en que el abogado Raúl Meza no podrá litigar ante tribunales, lo que le impide ejercer en el caso Tsunami o pedir la inhabilitación de la investigación a la fiscal Huerta por no acceder a sus requerimientos contra la ex Presidenta Bachelet.

Cabe señalar que Meza fue expulsado de la UDI y que recientemente se inscribió en los registros de Renovación Nacional.

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