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Prensa/ La pronta promulgación de la ley Emilia, que ya fue despachada por el senado, destacó el director regional de SENDA Tarapacá, Christián Zaines. «Estamos muy... Director de Senda destaca avance en trámite legislativo de la llamada «Ley Emilia»

ley emilia okPrensa/ La pronta promulgación de la ley Emilia, que ya fue despachada por el senado, destacó el director regional de SENDA Tarapacá, Christián Zaines. «Estamos muy contentos porque viene a reforzar el trabajo preventivo disuasivo que realiza Senda, Carabineros y el Ministerio de Transporte, de evitar el consumo de alcohol frente a la conducción, sobre todo en estas Fiestas Patrias”, destacó.

“Si las personas manejan con alcohol deben saber que están expuestos a sanciones y penas, sumado a la importancia del agravante de responsabilidad y que hacen que la pena se agrave y sea mayor, es importante celebrar con responsabilidad y no sólo los automovilistas, el llamado es también a los ciclistas y peatones  para que ocupen los espacios establecidos para su circulación” agregó Zaines.

“Creemos que esta ley completa la estrategia preventiva disuasiva que realizamos a través del programa Cero Alcohol, incorporando una política poblacional, es decir, Ley de la República, que endurece las sanciones de las personas que irresponsablemente ocasionan accidentes producto del consumo de alcohol”.

Aspectos de la Ley Emilia

Emilia Silva Figueroa era el nombre de la niña de nueve meses que murió en enero del pasado año, cuando viajaba en coche con sus padres y su auto fue impactado por el vehículo que conducía Nelson Fariña, conductor cuya prueba de alcoholemia arrojo 2.05 g/l en la sangre.

Tras ocurrir este accidente, el Tribunal Penal de Santiago condenó a Nelson Fariña a dos años de prisión por los delitos de: manejar un vehículo bajo estado de ebriedad causando la muerte de la menor Emilia Silva Figueroa, y generar lesiones graves a su madre, Carolina Figueroa. Además, el fallo concedió al sentenciado el beneficio de la remisión condicional de la pena privativa de libertad. Por las bajas de pena que contempla la ley para estos casos en Chile, y teniendo en cuenta que la imputada cuenta con un atenuante de irreprochable conducta anterior, Camila Figueroa, Madre de Emilia, decidió no realizar un segundo juicio contra el conductor del accidente  e inicio la sensibilización para el endurecimiento de la ley.

El director de SENDA, señaló que la Ley Emilia tiene como  objetivo el endurecimiento de las penas a los conductores ebrios, y conseguir que se condene con cárcel a quienes maten o hieran gravemente a personas por conducir bajo los efectos del alcohol.

Añadió que la Ley Emilia busca aumentar el nivel máximo de pena en caso de conducir en estado de ebriedad y causar lesiones graves o muerte, de modo que el autor del delito arriesguen presidio desde los 3 años y un día hasta los 5 años; y desde los 5 años y un día hasta los 10 años.

En cuanto a los agravantes, Zaines señaló que hay tres circunstancias que agravan la responsabilidad y que hacen que la pena sea mayor. Primero, la fuga del lugar; segundo, cuando la persona es reincidente, pues ha sido previamente condena por el delito de conducción bajo estado de ebriedad; y tercero, cuando se trate de una persona que por su oficio, es un profesional de la conducción.

Proyecto

Cumpliendo uno de los compromisos adquiridos el pasado 21 de mayo, durante el mes de junio del presente año, el Gobierno envío al Congreso Nacional el proyecto de ley que modifica la ley de tránsito en lo que se refiere al delito de manejo en estado de ebriedad, causando lesiones graves gravísimas o con resultado de muerte. Entre sus principales contenidos destacan:

1 El aumento de las penas para el caso que la conducción en estado de ebriedad ocasione lesiones graves, gravísimas o la muerte de terceros (tres años y un día a diez años). En particular, se sanciona con cárcel efectiva de al menos un año a los conductores en estado de ebriedad que generen lesiones graves, gravísimas o muerte.

2 La creación de la figura del delito calificado con penas de 5 años y un días a 10 años en caso de reincidencia, que se trate de un conductor profesional en ejercicio de sus funciones, conducción con licencia cancelada o inhabilitada.

3 El establecimiento de delitos por fuga del lugar del accidente y la negativa a realizarse los exámenes respectivos (alcohotest o alcoholemia).

En este último punto, el proyecto incorpora la penalidad graduada, según el resultado del accidente. En el caso de que se ocasione la muerte o lesiones graves y gravísimas, será de 3 años y un día a 5 años, multa, comiso del vehículo e inhabilidad perpetua para conducir.

La pena por estos delitos es conjunta con la responsabilidad por el delito o cuasidelito que se cometa, con el fin de desincentivar que conductores ebrios evadan las sanciones de esta nueva ley, fugándose o evadiendo los exámenes probatorios.

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