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El Seremi del Trabajo y Previsión Social de Tarapacá, Jaime Hip Hidalgo, y el director regional de la Dirección del Trabajo, Patricio Villablanca Mouesca,... Autoridades informan directamente sobre feriados irrenunciables el 18 y 19 de septiembre

refiadoEl Seremi del Trabajo y Previsión Social de Tarapacá, Jaime Hip Hidalgo, y el director regional de la Dirección del Trabajo, Patricio Villablanca Mouesca, recorrieron las tiendas comerciales de calle Vivar en el centro de Iquique para informar a los trabajadores de los feriados obligatorios e irrenunciables de Fiestas Patrias, los que en este año corresponden a los días jueves 18 y viernes 19 de septiembre.

“Queremos llamar públicamente a los empresarios a que respeten los derechos laborales que dicen relación con la irrenunciabilidad de los feriados de los días 18 y 19 de septiembre, ya que en el gobierno queremos que todos los trabajadores puedan disfrutar esos días junto a su familia de la forma que lo estimen conveniente, sin que el empleador les pueda ofrecer compensaciones o pagarles un sobreprecio”, sostuvo el seremi, quien agregó que se trata de un descanso justo que van a fiscalizar férreamente a lo largo de todo el país.

“La Dirección del Trabajo es el órgano fiscalizador del ministerio y juntos vamos a corroborar en terreno el cumplimiento de esta y otras normativas, generando los requerimientos para aplicar todas las sanciones para aquellos que, por ejemplo, no cumplan con cerrar sus puertas desde las 21:00 del 17 de septiembre hasta las 06:00 del 20 de septiembre”, explicó Hip Hidalgo.

 SANCIONES

Si bien el Director del Trabajo indicó que Iquique es una ciudad que históricamente ha respetado la normativa, argumentó que quienes busquen trasgredir la ley se exponen a dos tipos de infracciones. “La primera es no cerrar oportunamente el local comercial en la víspera de los días mencionados, lo que lleva aparejado una multa que puede ir 422 mil 2oo pesos y los 2 millones 533 mil 200 pesos dependiendo del número de trabajadores, y en el caso de no respetar el feriado irrenunciable para trabajadores del comercio, las multas pueden ir desde los 211 mil 100 pesos hasta los 844 mil 400 pesos, pero por cada trabajador afectado por la infracción, considerando el personal contratado por la empresa”, explicó Villablanca, quien advirtió que los trabajadores sorprendidos en infracción deberán cesar de inmediato sus turnos y abandonar su lugar de trabajo.

“Eso sí, los locales comerciales atendidos por sus propios dueños pueden abrir durante ambos días feriados, pues están completamente eximidos. Ahora, respecto de los familiares, hay que hacer la distinción si están casados en sociedad conyugal, puesto que en ese caso podría intervenir en la prestación de servicios, pero todos los demás entran en la calidad de trabajadores.

 PUERTAS ABIERTAS

Tal como el 1 de enero, el 1 de mayo y el 25 de diciembre, los días 18 y 19 de septiembre son feriados obligatorios e irrenunciables para todos los trabajadores del comercio, pero esta salvedad no corre para quienes se desempeñan en clubes y restaurantes; establecimientos de entretenimiento, tales como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabaret, casinos de juegos y otros lugares de juegos legalmente autorizados; y expendio de combustibles, farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.

 DENUNCIAS

Durante los días 17, 18 y 19 de septiembre se recibirán las denuncias por incumplimientos al feriado irrenunciable del comercio en el sitio web de la Dirección del Trabajo www.dt.gob.cl, y en el momento de recibirlas, los fiscalizadores de turno se dirigirán al lugar para constatar los hechos y suspender la faena en caso de infracción.

“Además, el martes 16 de septiembre junto al seremi vamos a recorrer las fondas para verificar en terreno que se cumplan las condiciones laborales, o sea, que todos los trabajadores de los puestos asignados estén con sus respectivos contratos, de manera de cerciorarnos que también tengan la cobertura previsional que corresponde y estén sujetos y cubiertos por accidentes del trabajo que puedan estar asociados a las actividades de riesgo”.

 MULTAS 2013

El año pasado, por el cierre obligatorio e irrenunciable de los días 18 y 19, la Dirección del Trabajo practicó 115 fiscalizaciones, 17 de las cuales terminaron con la aplicación de multas, mientras que respecto del cierre anticipado a las 21 horas el día 17 de septiembre, la DT realizó 101 fiscalizaciones, ocho de las cuales finalizaron con multas por un total de 110 UTM, equivalentes a 4 millones 449 mil 170 pesos.

“En total las multas ascendieron a seis millones 875 mil 990 pesos, equivalentes a 170 Unidades Tributarias Mensuales, UTM, en tanto que en los años 2011 y 2012 fueron aplicadas 77 multas por un monto cercano a los 30 millones de pesos”, concluyó Villablanca.

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