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El cierre temporal de la Cocha Resbaladero decretó la Municipalidad de Pica, tras verificarse derrame de aceite hidráulico que filtró hacia las aguas termales,... Cierre temporal de la Cocha Resbaladero de Pica, por filtración de aceite hidráulico

cocha PicaEl cierre temporal de la Cocha Resbaladero decretó la Municipalidad de Pica, tras verificarse derrame de aceite hidráulico que filtró hacia las aguas termales, uno de los grandes atractivos turísticos de esa comuna y la Región. La medida se mantendrá hasta que el Seremi de Salud, tome una definición sanitaria al respecto.

Mediante un comunicado emanado de ese municipio se informa  que el cierre viene desde este 21 de agosto “hasta que el organismo competente (Seremía de Salud) se pronuncie favorablemente para la apertura al público del lugar turístico; todo para evitar poner en riesgo innecesariamente a la población”

 También se indica que la empresa responsable de la filtración realiza la limpieza correspondiente, “extrayendo agua con aceite de la superficie rocosa, siendo depositado en un contenedor de 20 litros. El líquido vertido en las rocas verticales son limpiados con detergente y agua”.

LOS HECHOS

Según se informó la responsable del accidente es la empresa de Obras Civiles y Servicios Integrales Manuel Alfonso Bustillos Ariste E.I.R.L., , que se adjudico la licitación pública por el servicio de “Construcción Muro de Contención Cocha Resbaladero”. Con fecha de inicio de los trabajos, el 01 de Agosto de 2016 por 60 días corridos.

El reporte da cuenta que el 21 de agosto en la mañana, personal Municipal que realiza labores en la Cocha Resbaladero, advierte que hay una mancha aceitosa color rojizo en la superficie del agua. Se percatan, también, que proviene de una división cercada, donde se realizan trabajos de construcción de un muro de contención, de donde escurre un líquido oscuro por la roca hacia el agua.

El día anterior, sábado 20, el mini cargador frontal presenta desperfectos, por lo tanto, los operarios de la empresa desmantelaron la máquina en el lugar, extrayendo el motor, piezas y gran parte de los aceites, no obstante quedaron en la caja de cambios alrededor de 2 litros de aceite hidráulico, que se terminó de vaciar por la noche.

El Municipio se hizo presente mediante el jefe de Secplac y constata la gravedad de lo acontecido.  De inmediato se da la orden del cierre del la Cocha Resbaladero, hasta nuevo aviso. Conjuntamente, se llamó a la empresa a cargo de los trabajos para que se presentara en el lugar y se hiciera responsable de lo sucedido.

Las medidas adoptadas por la empresa Obras Civiles y Servicios Integrales Manuel Alfonzo Bustillos Ariste E.I.R.L. fue enviar a un trabajador a limpiar el derrame en la roca, posteriormente el trabajador realizó labores de limpieza en las aguas de la Cocha Resbaladero.

El municipio de Pica exigirá a la empresa realizar limpieza y seguimiento a las aguas de la Cocha Resbaladero.

ORDENANZA MUNICIPAL AMBIENTAL DE PICA D.A. N°031:

Según la disposición legal, emanada de la Ordenanza Municipal N°031 sobre Gestión y Protección de Medio Ambiente de la Comuna de Pica, dicta en caso de derrame de aceite en aguas de la comuna, lo siguiente:

Artículo 50°: Queda prohibido verter, directa o indirectamente, a las cuencas o cauces naturales y/o artificiales de la comuna, cualquier agua residual o residuos líquidos, cuyas características físicas y/o composición química o bacteriológica, puedan afectar negativamente la calidad de las aguas y el ambiente acuático. De igual modo, se prohíbe botar a los cauces de agua y sus riberas residuos de cualquier naturaleza y clasificación que atenten contra su limpieza, atraigan vectores sanitarios u ocasionen estancamiento de agua.

Con respecto a las multas por infracciones a la ordenanza dicta:

Artículo 27°: Las infracciones a la presente ordenanza serán sancionadas con multas desde 0.5 a 5 Unidades Tributarias Mensuales correspondiendo su conocimiento al Juez de Policía Local, Previa denuncia de particulares afectados, de Carabineros o funcionarios municipales, sin perjuicio de las sanciones establecidas en el Código Sanitario.

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